Un nuevo curso...

Nuestro propósito:

Entender la ética en el marco de la vida misma.

Nosotros podemos transformar el mundo, con cada acción y decisión que tomamos. Pero ¿qué rumbo seguimos? ¿Qué propósitos tenemos? ¿Cuál es el camino a elegir?, ¿Qué debemos hacer? ... Intentar responder a estas preguntas es el cometido de la Ética, mejor dicho, ayudarnos a reflexionar sobre nuestro propio pensamiento, sobre nuestro modo de conocer y aquello que podemos conocer. Reflexionar sobre mí, sobre el otro y sobre el mundo que nos rodea.

La ética pretende ser universal, sin embargo no quiere universalizar nuestros sistemas de pensamiento, creencias y costumbres. La intención es encontrar aquello que es común a la humanidad, aquello con lo que todos podamos vivir una vida justa y libre.

La humanidad tiene que caminar hacia el horizonte del propio desplegar, lo que significa liberarse de la ignorancia, el dogmatismo, el miedo y el odio al otro. Tenemos que reconocer que todo ser humano tiene un valor intrínseco y, por ende, extenderlo a todo ser vivo.

Los seres humanos estamos unidos por lazos invisibles, la Ética nos ayuda a verlos y respetarlos.

martes, 4 de diciembre de 2012

Los Derechos Humanos que vulnera el apartheid



 Invictus 
En la película se refleja la vulneración de los derechos humanos en Sudáfrica desde diferentes aspectos como el apartheid racial, actualmente  eliminado jurídicamente, y el económico, que es otra forma de apartheid, es decir, de separación, que vive actualmente este país.
Los contenidos a abordar mediante este trabajo se encuentran en los siguientes artículos de la Declaración Universal de Derechos humanos:
Artículo 1.
 Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2.
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición  económica, nacimiento o cualquier otra condición. (…)
Artículo 3.
 Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 9.
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 13.1.
Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
Artículo 13.2.
 Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
Artículo 22.
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 29.1.
 Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
Artículo 29.2.
En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único f in de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.

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